lunes, 14 de agosto de 2017
LA SILLA
LA SILLA
Pese a los cuatro decenios en democracia, la mujer sigue pendiente de una efectiva igualdad con el hombre, algo que comenzó a fraguarse en el siglo XIX.
Tito Ortiz.-
Es verdad que en los últimos cien años, la mujer ha avanzado mucho en su equiparación con respecto al hombre, pero ésta no se ha hecho efectiva, es más, en algunos aspectos dista mucho de conseguirse. No hace tantos años, nos resultaba raro ver una mujer en el ejército, la policía, bomberos. Incluso llama la atención una mujer conduciendo un taxi, ahora que ya las vemos manejando un autobús o el metro de Granada. Seguimos soportando que ganen menos que los hombres ante igual trabajo, aunque hasta hace poco tiempo, las enfermeras en turno de noche ganaban un plus, por el hecho de ser mujeres, frente a los hombres enfermeros que no lo cobraban. Son esos paternalismos extraños, con los que se ha pretendido a lo largo de la historia, compensar la eterna discriminación de la mujer en el ámbito laboral con respecto al hombre. De hecho se mantienen determinados estamentos e instituciones, donde a la mujer le sigue costando dios y ayuda alcanzar las máximas responsabilidades. Que la señora Botín dirija los destinos del banco creado por su padre, no es más que la excepción que confirma la regla. Ninguna otra entidad bancaria tiene a una mujer rigiendo sus destinos. Igual ocurre en la judicatura, donde las mujeres están, pero no en la cúspide de la pirámide. La iglesia instituida, por mucho que el Papa Francisco intenta modernizarla, no admite que la mujer acceda al sacerdocio, y éste es a mi juicio, el ejemplo más flagrante de lo mucho que queda aún por lograr la igualdad entre hombres y mujeres.
UNA LEY CONDESCENDIENTE
La masiva incorporación de mujeres a la vida laboral en fábricas y comercios en el último cuarto del siglo XIX, hizo que en 1900, se plantearan una serie de demandas para mejorar las condiciones de trabajo de éstas, debido a que tenían unas larguísimas y duras jornadas con unos salarios muy por debajo de los hombres. Evidentemente, todo ello se hizo desde el convencimiento de que la mujer era el ‘sexo débil’, tenía menos aguante que cualquier hombre y además, su trabajo era menos productivo. Así fue como el 27 de febrero de 1912, bajo el reinado de Alfonso XIII, el Presidente del Consejo de Ministros y también Ministro de Gracia y Justicia, José Canalejas Méndez, aprobaba la que sería conocida como ‘Ley de la silla’ y en la cual se obligaba a los empresarios a poner a disposición de todas las mujeres que trabajaran en almacenes, tiendas, oficinas, escritorios, y en general en todo establecimiento no fabril, de cualquier clase que sea, donde se vendan, artículos u objetos al público o se preste algún servicio relacionado con él por mujeres empleadas, y en los locales anejos, será obligatorio para el dueño o su representante particular o Compañía, tener dispuesto un asiento para cada una de aquéllas. Cada asiento, destinado exclusivamente a una empleada, estará en el local donde desempeñe su ocupación. Algunos informes médicos que hoy en día carecerían de validez alguna, señalaban que el organismo de la mujer no estaba preparado para aguantar las mismas horas de pie que cualquier hombre, teniendo en cuenta que las jornadas laborales eran aproximadamente de doce horas diarias. También se señalaba que al tener que estar de pie durante mucho tiempo, esto podría ser contraproducente para su organismo a la hora de querer tener descendencia, ya que esa postura podía llegar a atrofias sus órganos, entre ellos los ovarios y la matriz.
SE PROHÍBE A LA MUJER TRABAJAR DE NOCHE
En esa tendencia de proteger al sexo débil, dentro del más acaramelado paternalismo, y vista la experiencia reivindicativa de la mujer en los centros de trabajo, donde hasta ahora no había concurrido, la patronal presiona al Estado, y el 11 de julio de 1912, el gobierno de Canalejas volvía a sorprender a la clase trabajadora, con una nueva ley aprobada, esta vez presentada por Antonio Barroso y Castillo, Ministro de la Gobernación, por la cual, se prohibía el trabajo industrial nocturno de las mujeres en talleres y fábricas. Éstas debían tener un descanso mínimo de once horas entre el término de la jornada laboral y el inicio de la siguiente, teniendo que estar comprendidas, entre las nueve de la noche y las cinco de la mañana. Ambas leyes también disponían apartados en los que se especificaba que el incumplimiento de las mismas por parte de los patronos, podría sancionarse, con multas que podrían ir desde 20 a 250 pesetas. Han pasado muchos años desde la famosa ley de La Silla y su hermana, de la nocturnidad, y lo que es peor, queda más por hacer, que lo que se ha conseguido. La igualdad va muy despacio.
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